Es habitual que las familias escuchen la sigla “Decreto 170” en el proceso de matrícula y no sepan bien qué significa. Aquí te lo explicamos en lenguaje simple.
¿Qué es el Decreto 170?
Es la normativa del Ministerio de Educación (Decreto Supremo N° 170, de 2009, publicado en 2010) que fija los requisitos para que un estudiante sea reconocido oficialmente como alumno con Necesidades Educativas Especiales (NEE) de carácter transitorio, entre ellas el Trastorno de Lenguaje. Junto con el Decreto 1300 de 2002, es el marco legal bajo el cual funcionamos como escuela de lenguaje.
¿Qué implica en la práctica?
- El Estado, a través de la Subvención de Educación Especial, financia la atención especializada que recibe tu hijo o hija (evaluación fonoaudiológica, plan de trabajo específico, seguimiento).
- El diagnóstico lo realiza una fonoaudióloga con instrumentos formales, no una simple observación.
- El estudiante recibe un Plan Específico de trabajo fonoaudiológico, individual o en grupos de no más de tres niños, además del apoyo de la educadora dentro del aula.
- Existe un proceso de reevaluación al final del año lectivo para determinar los avances y definir la continuidad.
¿Por qué es importante para tu familia?
Porque significa que tu hijo o hija no está “perdiendo el tiempo” en un diagnóstico informal: está siendo atendido bajo un marco regulado por el Estado, con instrumentos de evaluación validados y un equipo profesional responsable de reportar sus avances.
Si te acaban de mencionar el Decreto 170 en una reunión de apoderados y quieres que te lo expliquemos con el caso específico de tu hijo o hija, contáctanos: con gusto te orientamos.